sábado, 5 de septiembre de 2009

LOS EFECTOS DEL VETO A LA DECLARACIÓN DE EMERGENCIA PARA SANTA FE

Por María Elena Martin (*)

El veto del gobierno nacional a la ley que declara la Emergencia Agropecuaria para la provincia de Santa Fe, abre un marco de dudas sobre el plazo en que podrán hacerse operativos los beneficios de tal declaración, ya que la parte vetada preveía el facultamiento para posibilitar la rápida operatividad de la misma.
Tal como fuera aprobada por el Congreso de la Nación, la declaración de Emergencia implicaba la inmediata instrumentación de regímenes especiales para los productores afectados por la sequía, para el pago y refinanciación de sus obligaciones fiscales y previsionales, como así también la quita de intereses y eventuales condonaciones, con el objeto de adecuar su capacidad de pago a las contingencias padecidas.
Asimismo, quedaba suspendida la iniciación y sustanciación de juicios y acciones administrativas y judiciales originadas en obligaciones con AFIP y ANSÉS, y la posibilidad de implementar asistencia crediticia a través del Banco de la Nación Argentina.
Producido el veto, los productores recién podrán obtener estos beneficios cuando la ley sea reglamentada por parte del Poder Ejecutivo Nacional, que tiene plazo para hacerlo hasta fines de octubre.
Es decir, ahora depende sólo de la voluntad política del gobierno nacional, que ha capturado la decisión para definir estos plazos, que la medida sea aplicada cuanto antes.

(*) Diputada Nacional PS, autora del proyecto de Emergencia Agropecuaria para Santa Fe, aprobado por el Congreso de la Nación, y vetado por el Poder Ejecutivo.

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